Un mes para los cambios SEPA

A partir de febrero de 2014 sólo será posible efectuar transferencias y adeudos domiciliados realizados conforme a los requisitos SEPA.
Madrid - 03-ene.-2014

 

A partir del 1 de febrero de 2014 sólo será posible efectuar transferencias y adeudos domiciliados realizados conforme a los requisitos de la Single Euro Payments Area o Área Única de Pagos en Euros, conocida como SEPA, que persigue eliminar las diferencias entre pagos nacionales y transfronterizos en los 28 estados miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco.

La creación de la denominada SEPA se produjo en 2007 con la aprobación por parte del Parlamento Europeo de la Directiva 2007/64/CE de Servicios de Pago de la Unión Europea, traspuesta en España en 2009 y desarrollada por el Reglamento [UE] Nº 260/2012. La aplicación de esta normativa, que no requiere ninguna modificación en las pólizas de seguros suscritas con Crédito y Caución, introduce novedades que pueden afectar a las operaciones comerciales, en particular a los pagos instrumentados mediante adeudo domiciliado.

La nueva regulación requerirá un cambio en el formato de los ficheros transmitidos a su entidad financiera para la realización de adeudos en cuentas o pagos por transferencia adaptados a los estándares XML UNIFI ISO 20022. Nuestro consejo es que contacte, si no lo ha hecho ya, con su entidad financiera para coordinar la adaptación.

También introduce modificaciones referidas al contenido de la información que ha de reflejar el denominado Mandato, que sustituye a la Orden de Domiciliación Bancaria. La más relevante es la sustitución del CCC o Código Cuenta Cliente por el IBAN o International Bank Account Number.

 

Debe optar por el esquema CORE o por el esquema B2B

Para adaptar el funcionamiento de sus adeudos domiciliados a la nueva regulación deberá decidir entre el esquema básico CORE o esquema B2B.

La principal ventaja de optar por el sistema B2B es que acorta el plazo de devolución para operaciones autorizadas de las ocho semanas actuales a dos días. Sin embargo, si opta por este esquema deberá recabar un nuevo consentimiento y formalizar nuevas órdenes de domiciliación para la migración de las operaciones de domiciliación actuales.

La principal ventaja de optar por el esquema básico CORE es que las órdenes de domiciliación formalizadas antes del 1 de febrero de 2014 continuarán siendo válidas. Tampoco se modifican los plazos de devolución de los adeudos establecidos por la Ley 16/2009 de servicios de pago: hasta ocho semanas después de la fecha de pago, para operaciones autorizadas y hasta 13 meses para pagos no autorizados o realizados incorrectamente.

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