¿Necesita una garantía que proteja el cumplimiento de un contrato sin inmovilizar recursos? En Crédito y Caución ponemos a su disposición pólizas de caución diseñadas para garantizar obligaciones en acuerdos privados entre empresas o particulares.
Un seguro de caución es una garantía mediante la cual una aseguradora se compromete a indemnizar al beneficiario cuando el tomador no cumple las obligaciones pactadas en un contrato privado. Permite asegurar proyectos de obra, prestación de servicios, suministros y otros compromisos contractuales sin recurrir a avales bancarios.
Recomendamos contratar una póliza de caución cuando el contrato exige una garantía de cumplimiento. Es habitual en:
Una vez emitida la póliza, la aseguradora responde al beneficiario si se produce un incumplimiento, hasta el límite del capital asegurado. Tras la indemnización, la aseguradora puede reclamar al tomador la devolución del importe abonado. La póliza garantiza el cumplimiento, no actúa como financiación.
Exigidas por el contrato suscrito entre las partes.
Es habitual que en los contratos privados de construcción tanto para el contrato principal como para los subcontratistas se exijan garantías. También se puede exigir garantías en contratos de cualquier servicio o suministro.
Protege frente a la no ejecución o ejecución defectuosa del contrato; el beneficiario recibe compensación por los daños. Cumplimiento del contrato (10-15% presupuesto).
Para cubrir la subsanación de desperfectos durante el periodo de garantía
Asegura que los pagos anticipados se destinen a la ejecución acordada y protege al beneficiario si el tomador no justifica su uso. Para cubrir los posibles anticipos (100% del anticipo).
Sustituye las retenciones en factura por una póliza, permitiendo que el tomador cobre el total sin perder la seguridad del beneficiario, normalmente 5% de cada factura.
En los contratos públicos, las garantías se ajustan a la normativa y a los pliegos administrativos; en los privados, los términos se negocian entre las partes y la póliza se adapta al contenido del contrato.
El precio depende del tipo de contrato, del capital asegurado, del plazo y del perfil de riesgo del tomador. En general, suele ser una opción más accesible que el aval bancario.
Normalmente se solicita:
Nuestra experiencia y solvencia (rating sólido) facilitan la aceptación por parte de los beneficiarios y permiten ofrecer condiciones competitivas y procesos eficientes.
Manténgase informado.Únase a nuestra Newsletter