Plan de Reforzamiento del Sector Financiero

La Administración reforzará los requisitos de solvencia de las entidades de crédito para restaurar la confianza de los mercados y garantizar el crédito a la economía real.
Analisis Credito y Caución
Madrid - 25-ene.-2011

El Ministerio de Economía y Hacienda ha presentado un plan para reforzar los requisitos de solvencia de las entidades de crédito, con el objetivo de restaurar la confianza de los mercados en la solidez de la economía española y garantizar la canalización del crédito a la economía real.

La principal medida anunciada por la Administración es el establecimiento, con carácter inmediato, del requerimiento mínimo de capital básico de las entidades financieras en el 8%.  De acuerdo con el anuncio, este mínimo legal podrá elevarse para aquellas entidades que no coticen o no tengan presencia significativa de inversores privados, y que presenten una dependencia de los mercados de financiación mayoristas.

Adelantar Basilea III

Con la próxima aprobación de esta medida, según el Ministerio, se adelantará en España el cumplimiento de los requisitos previstos en Basilea III, cuya aplicación no está prevista hasta 2013. Este acuerdo, consensuado por los 27 países miembros del Comité de Basilea de Supervisión Bancaria en septiembre de 2010, eleva los requisitos mínimos del capital básico de los bancos desde el 2% al 4,5%, ponderando además el riesgo de los distintos activos del balance. Por encima de ese mínimo, el acuerdo añadía un colchón de cobertura adicional del 2,5%, para hacer frente a los episodios de tensiones financieras, lo que eleva los requisitos de capital básico que exigirá Basilea III al 7%.

Intervención del FROB

De acuerdo con el calendario descrito por el Ministerio, las entidades financieras españolas contarán con un plazo hasta el otoño para captar el capital necesario que les permita alcanzar el 8% requerido. En el mes de septiembre el Banco de España determinará qué entidades mantienen necesidades de capitalización y el Fondo de Resstructuración Ordenada Bancaria [FROB] quedará autorizado a adquirir acciones ordinarias en condiciones de mercado de aquellas entidades que no cumplan con los niveles exigidos, permaneciendo como inversor durante un plazo que no supere los cinco años.

El FROB fue creado en 2009 para gestionar los procesos de reestructuración de las entidades financieras que dictamine el Banco de España y reforzar los recursos propios de las entidades a través de la adquisición de participaciones preferentes, preferentes convertibles en acciones, cuotas participativas o entradas directas de capital. La dotación de capital inicial del FROB fue de 9.000 millones de euros pero desde el 1 de enero de 2010 está autorizado a emitir deuda o contratar préstamos con otras entidades para captar recursos hasta los 90.000 millones de euros.

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