Sociedad mercantil en la cual el capital social, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios, los cuales no responden personalmente de las deudas sociales.
El capital social no podrá ser inferior a 60.000 euros.
La transmisión de las acciones es libre.
En la denominación deberá figurar necesariamente la expresión Sociedad Anónima o su abreviatura S.A.
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