Método preferente de valoración en aduana a aplicar por los miembros de la Organización Mundial del Comercio.
Se define como el precio total realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas.
Para aplicar este método debe poderse aportar una prueba de la venta (p.e. facturas comerciales, contratos…) e información suficiente (p.ej. comisiones, derechos de licencia, coste de los embalajes...) sin que existan restricciones al uso o cesión de las mercancías ni condiciones adicionales que puedan afectar sustancialmente al valor de las mercancías ni vinculación entre comprador y vendedor.
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