La UE impulsa el plazo de 30 días, pero con excepciones

El Parlamento Europeo ha alcanzado un acuerdo con la Comisión Europea para modificar la actual Directiva de Medidas de Lucha contra la Morosidad, que será sometido a votación previsiblemente en octubre.
Madrid - 14-sept.-2010

El Parlamento Europeo ha alcanzado un acuerdo con la Comisión Europea para modificar la actual Directiva de Medidas de Lucha contra la Morosidad. La propuesta, que será sometida a votación en la sesión plenaria de octubre, establece un plazo genérico de 30 días, tanto para clientes del sector público como privado. No obstante, en ambos casos prevé la posibilidad de pactar una extensión de este plazo genérico.

Posibilidad de pactar plazos más amplios

En el caso del sector privado el plazo de 30 días podrá prorrogarse si "es expresamente consentido y siempre que no sea manifiestamente abusivo para el acreedor". El anuncio del Parlamento no contempla ningún tipo de límite, como en el caso de la legislación española, a esta extensión.

En el caso del sector público, el límite para la prórroga, previa justificación de circunstancias excepcionales, queda fijado en los 60 días. Este límite no afecta, sin embargo a las entidades públicas relacionadas con el sector sanitario.

De acuerdo con la propuesta actual, los interés de demora se situan ocho puntos por encima del tipo de referencia y la compensación por costes de cobro queda fijada en 40 euros.

Manténgase informado.Únase a nuestra Newsletter

Esta página web usa cookies

Utilizamos cookies de terceros con finalidades analíticas (elaborar estadísticas a partir de sus hábitos de navegación), de personalización (para recordar idioma o la configuración web preferida), y de publicidad comportamental (para elaborar perfiles y ofrecerles publicidad adaptada a sus preferencias de navegación). Puede configurar ahora el uso de esta tecnología. Asimismo, puede modificar o retirar su consentimiento en cualquier momento haciendo clic en el enlace de Política de Cookies que encontrará en el pie de esta web.

Publicidad Comportamental

Las cookies de marketing se utilizan para rastrear a los visitantes en las páginas web. La intención es mostrar anuncios relevantes y atractivos para el usuario individual, y por lo tanto, más valiosos para los editores y terceros anunciantes.

Necesarias

Las cookies necesarias ayudan a hacer una página web utilizable activando funciones básicas como la navegación en la página y el acceso a áreas seguras de la página web. La página web no puede funcionar adecuadamente sin estas cookies.

Estadísticas

Las cookies estadísticas ayudan a los propietarios de páginas web a comprender cómo interactúan los visitantes con las páginas web reuniendo y proporcionando información de forma anónima.

Preferencias

Las cookies de preferencias permiten a la página web recordar información que cambia la forma en que la página se comporta o el aspecto que tiene, como su idioma preferido o la región en la que usted se encuentra.

Cookies de mapa

Las cookies de mapa permiten a la página guardar información sobre las selecciones en el mapa