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| Ha sido noticia | |||||
| La sanción mínima por trabajo sumergido se multiplica por cinco | |||||
| *03-08-2011 | |||||
| Desde agosto, las empresas que amparen el empleo sumergido afrontan una multa mínima de 3.126 euros, cinco veces más que los 622 que regían hasta ahora. La máxima se mantiene. | |||||
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